lunes, 22 de septiembre de 2014

ICONTEC: Certificación

Dentro del territorio colombiano, al momento de soportar una certificación (ISO, OHSAS), es posible hacerlo por medio de una 'homologacion'; con la intervención del ICONTEC. Que se encarga de la traducción directa de las nosmas internacionales para la aplicación en territorio latinoamericano.

Enclaustrados en dicho marco, el proceso de certificación generado por una solicitud formal (previa cancelacion de honorarios a dicha entidad), genera un margen para el manejo del proceso, en el cual interviene un equipo auditor (expertos, jefes de areas de gestion externas a la compañia a ser auditada, entre otros), que revisara el correcto cumplimiento de los requerimientos que la norma a ser certificada requiera. Para todos los requerimientos existen medidas de cumplimiento, de forma que se cumplen, o no se cumplen; la no conformidad-cumplimiento puede ser mayor o menor:

  • No-conformidad mayor: Una falla total del Sistema de Gestión para cumplir un requisito de la norma de certificación o la una falla que reduce la capacidad de cumplir requisitos especificados. Un número de no conformidades menores contra un requisito, puede representar una falla total del sistema y por tanto ser consideradas como una no-conformidad mayor.
  • No-conformidad menor: Un error o incumplimiento único de un requisito de la norma de certificación que no afecta la capacidad de cumplir los requisitos especificados.
 El proceso de certificación no termina nunca con el mero certificado; es de importancia para la organicación dar avisos sobre los cambios que afecten la estructura de gestión de la misma; ademas ICONTEC es libre de gestionar auditorias extraordinarias, como verificación del cumplimiento de la norma aplicada; y dependiendo de si se han seguido o no la 'buenas' practicas, habra (o no) cabida para cancelaciones, modificaciones o suspenciones en las certificaciones que apliquen.

Dentro del las obligaciones que se generan, por parte del ICONTEC, al momento de genrar un contrato de certificación, se encuantra el buen manejo de la información de la organización; no divulgar, ni en acto de buena fé, documentos que alteren el flujo previsto por el contrado, y que afecten la estructura, tanto funcional como economica, de la organización con intereses de certificación. Además de esto se tiene que: 

  • El ICONTEC asignará un equipo auditor, que puede ser subcontratado, para realizar las auditorias de otorgamiento, seguimiento, renovación, extraordinaria, ampliación, reactivación y / o reducción de la certificación. En el caso que la Organización tenga objeciones relacionadas con el equipo auditor, debe notificar a ICONTEC por escrito las razones dentro de los (3) días hábiles contados a partir de la fecha en que fue notificada la auditoria. Si cumplido este plazo, la Organización no presenta objeción, ICONTEC asumirá que está de acuerdo y por lo tanto aceptará sin restricciones al equipo auditor, en la fecha programada. ICONTEC atenderá las objeciones en los casos en que alguno de los integrantes del equipo auditor presente conflicto de intereses.
  • El Certificado ICONTEC de Sistema de Gestión se otorga por un período de tres (3) años que puede prorrogarse a voluntad de las partes siempre y cuando la Organización mantenga su Sistema de Gestión conforme con los requisitos, lo cual es verificado mediante auditorias de seguimiento y renovación.
Para conocer mejor el reglamento que tiene el ICONTEC hacer Clik Aqui!

Nota: Reglamento ICONTEC del 2006

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